Para responder esto, tenemos que mirar otra ley. La 18.2-248.1 titulada “Penalidades por vender, regalar, distribuir o poseer con la intención de vender, dar o distribuir marihuana”.
La nueva redacción de la ley es la siguiente, de nuevo la hemos editado para dar claridad:
“… es ilegal para cualquier persona vender, dar, distribuir o poseer con la intención de vender, dar o distribuir marihuana.
(a) Cualquier persona que viole esta sección con respecto a:
(1) No más de una onza de marihuana es culpable de un delito menor o misdemeanor clase 1.
Habrá una presunción refutable de que una persona que no posee más de una onza de marihuana lo posee para uso personal.”
Esta ley penaliza la posesión de marihuana con la intención de distribuir.
Sin embargo, hay dos cambios significativos aquí.
Primero, la posesión con intención es un delito menor clase 1, si no se encuentra más de una onza de marihuana.
Segundo, la última parte del estatuto crea una sunción que la corte debe seguir: a menos que la Mancomunidad de Virginia pueda probar lo contrario en la corte, se presume que una persona con menos de una onza de marihuana, es para su uso personal.